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POLíTICA
Alfredo Rodríguez: “Las declaraciones del Portavoz Popular de incitación a la evasión fiscal son una interpretación que sólo desde la estulticia se puede llegar a esbozar”
Que el Partido Popular de Llanera lleva instalado en el no por el no desde el pasado mes de junio, es algo que su portavoz municipal ha vuelto a dejar de manifiesto con sus declaraciones sobre las ordenanzas fiscales aprobadas en pleno este mes de noviembre.
Un documento que no para de criticar sin decir que únicamente votó en contra de seis de ellas, sobre un total de 16, dando su voto a favor a las que suponen un aporte fundamental de ingresos al ayuntamiento, caso del IBI, de la viñeta o del IAE. De ello deducimos que el proyecto de ordenanzas fiscales para 2016 no debe de ser tan malo, máxime cuando en las dos reuniones previas el PP mantuvo una actitud de mutismo absoluto, autoexcluyéndose de un posible proceso negociador. No se entiende, desde la coherencia, el voto favorable del PP en lugar de plantear un rechazo de plano, y la presentación de su propio proyecto. Destruir siempre ha sido más fácil que construir.
Podemos recordar que en eso pleno, por segunda vez esta legislatura, el PP no contó con la presencia de Avelino Sánchez, tal vez para no tener que votar en contra de la empresa Aqualia, volviendo a dejar a sus compañeros de partido en la estacada e incurriendo en una nueva falta de respeto hacia sus votantes en particular, y al resto de vecinos en particular.
Por otro lado, el portavoz popular me acusa de animar a los vecinos a incurrir en un delito de evasión fiscal, tal y como afirmó en el pleno, rebajando esa calificación a insumisión fiscal, en su nota de prensa, seguramente porque se ha dado cuenta de la barbaridad.
En la discusión plenaria sobre el tema de la plusvalía, no expliqué bien que se trata de un impuesto que se genera por el mero hecho de heredar, y que tanto ese impuesto como el de sucesiones, el heredero tiene seis meses para abonarlo. Si no se cumple con esa obligación y la administración pública no detecta ese hecho en cuatro años, la obligación del pago prescribe, como así aparece señalado en la Ley General Tributaria. Únicamente me limité a señalar la existencia de esa posibilidad contemplada en dicha ley, y de forma obvia, si la administración detecta el retraso, el contribuyente se verá obligado a hacer frente a la sanción correspondiente.
De esa explicación no del todo clara que expuse en el pleno, se derivaron esas acusaciones de incitación a la evasión fiscal, una interpretación que sólo desde la estulticia se puede llegar a esbozar, colocando mis palabras a la altura de un delito que consiste en enviar fuera del país dinero con el fin de escabullirlo a la tributación a la Hacienda pública, un delito presuntamente cometido por personajes tan tristemente famosos en este país como Bárcenas o la familia Pujol. La mera comparación llama a la risa.