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POLíTICA
El TSJA rechaza la apelación de Aqualia para rescindir el contrato de concesión de la piscina
El pasado día 20, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias hizo pública el fallo a la sentencia de apelación presentada por la empresa Aqualia, en relación a la petición de la misma de renunciar al contrato de concesión del complejo deportivo de Lugo de Llanera, al mismo tiempo que solicitaba una indemnización económica por ello.
Dentro de los fundamentos de derecho en los cuales el TSJA fundamenta su sentencia, se explica la necesidad de rechazar esa petición de Aqualia “entendiendo que lo que se trata es de una renuncia unilateral, incurriendo por ello en incongruencia”.
El alto tribunal considera que “si bien es cierto que el centro deportivo no ha respondido a las expectativas o previsiones del concesionario”, esto no es imputable al ayuntamiento “con la finalidad de obligarle a resolver la concesión, toda vez que la aplicación del riesgo y ventura, obliga al contratista a soportar las pérdidas”, algo que tampoco es achacable a errores en el estudio de viabilidad aprobado en su día por el consistorio.
Eso es así porque datos contenidos en ese estudio “tales como la diferencia de habitantes respecto a lo reflejado por el INE no resultan significativos”, y recuerda la sentencia que “en materia de concesiones de servicio público, la regla general de la jurisprudencia es el principio de riesgo y ventura, por lo que el restablecimiento del equilibrio concesional es una excepción”.
Con esta sentencia ya son ocho las que han resultado favorables a las tesis municipales, entre las relacionadas con la explotación de la piscina de Lugo y las vinculadas al suministro de agua.