LLANERA

POLíTICA

Abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de vivienda

Lunes 02 de Julio del 2018 a las 20:01


🔎  Aumentar texto 🔎  Reducir texto

El plazo de presentación de solicitudes para las ayudas al alquiler de vivienda se ha abierto hoy lunes, 2 de julio. Se trata de un primer periodo que se extiende hasta el 31 de este mes. El segundo periodo va desde el 1 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2018.

 Las solicitudes se pueden presentar en los Servicios Sociales de Llanera donde el personal resolverá dudas y facilitará toda la documentación requerida al respecto. También se puede presentar en el Registro General del Principado de Asturias o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/201, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Se subvenciona hasta un 40% del importe del alquiler con un límite máximo de 7.200 € para 36 mensualidades.

  • Si es menor de 35 años a fecha de solicitud hasta un 50% con un límite máximo de 9.000 € para 36 mensualidades.
  • Si es mayor de 65 años a fecha de solicitud hasta un 50% con un límite máximo de 9.000 € para 36 mensualidades.

Sólo se subvencionan los gastos referidos al alquiler. En caso de que no se aporten los desgloses de comunidad, garaje, trastero….., se tomará el 85% del total de gastos para calcular la ayuda.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad que reúnan varios requisitos. Tener suscrito un contrato de arrendamiento formalizado al amparo de la Ley de Arrendamientos Urbanos y que no supere los 500 euros de alquiler y que la vivienda constituya residencia habitual y permanente. Además, el conjunto de ingresos de todas las personas que residan en la vivienda no debe superar unos máximos establecidos. Se medirá por el número de veces la cuantía anual del IPREM y se determinarán conforme a las siguientes reglas:

 

Los solicitantes con concesión en 2017 deben presentar:

  • Solicitud
  • Declaración responsable de que desde la última concesión no se ha producido ningún cambio o modificación de las condiciones (en solicitud)
  • Declaración responsable e ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia cuando no se esté obligado a presentar la declaración de IRPF del año 2016. Si estos no coinciden con los facilitados por los distintos Organismos, se pedirá aclaración (en solicitud).

Los nuevos solicitantes deben presentar:

  • Solicitud
  • Fotocopia del contrato de arrendamiento.
  • Datos desglosados del importe de la renta, garaje, trastero, gastos de comunidad y otros gastos (en anexo).
  • Certificado o volante de empadronamiento colectivo emitido como máximo 30 días antes de la presentación de la solicitud.
  • Referencia catastral de la vivienda arrendada y acreditación de los metros útiles de la misma. • Fichero de acreedor debidamente cumplimentado.
  • Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Los solicitantes sin imputaciones de ingresos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, deberán aportar documentación que acredite los mismos, según la situación en la que se encuentren: certificado de la Seguridad Social, Inem, Salario Social Básico, certificado del empleador… o declaración responsable de no haberlos obtenido en el ejercicio 2016.

 

En cuanto a los criterios de valoración se concederán en régimen de concurrencia competitiva. La prioridad se determinará con el mayor resultado de aplicar la siguiente fórmula:

Si la unidad de convivencia está compuesta por una sola persona adulta:

  • La cuantía del IPREM (7.519,59) se multiplica por 1,5.

Si la unidad de convivencia está compuesta por dos o más personas:

  • La primera persona adulta computa 1,5 vez el IPREM
  • Cada persona adicional computa 0,5 veces el IPREM

En el caso de que pudieran atenderse todas las solicitudes que cumplan esta limitación y no se haya agotado el presupuesto, se podrán estimar solicitudes por encima de este límite y no superen 3 veces el IPREM (22.558,77 euros).

Las solicitudes se ordenarán del mayor a menor puntuación hasta el agotamiento del crédito. En caso de empate se tendrán en cuenta los siguientes factores preferentes:

 - Mujeres víctimas de violencia de género.

- Personas con discapacidad.

- Familias monoparentales.

 - Familias numerosas.

- Víctimas del terrorismo.

El plazo máximo para resolver y notificar la Resolución no podrá exceder de 6 meses contados a partir de la fecha final de presentación de solicitudes de cada periodo. Se realizará a través del Boletín Oficial de Principado de Asturias. La publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mimos efectos.

OPTICA IDEAL
PANERA
DICAR Mirandor del Sol
Areces
La Llera
Michen
Las Coronas

Noticias relacionadas

Leer mas